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Mujeres indígenas de Ocotequila podrán votar por primer ocasión

Chilpancingo, Gro., (Febrero 10, 2022).- Luego de que el Tribunal Electoral del Estado (TEE) de Guerrero declaró nula la elección de la comisaría de la comunidad de Ocotequila, municipio de Copanatoyac, las mujeres sí podrán votar en ese lugar por primera ocasión en la reposición del proceso.

Lo anterior porque las autoridades electorales federales y estatales consideraron que fueron vulnerados los derecho constitucionales de las mujeres de dicha comunidad, al impedírseles votar en la elección de comisario municipal.
De tal manera que el TEE ordenó al municipio de Copanatoyac convocar a una elección extraordinaria y reponer el proceso de elección de la comisaría municipal.

La sentencia TEE/JEC/004/2022, emitida por el TEEGro, ordenó que el municipio de Copanatoyac convoque a una nueva elección de integrantes de comisariado municipal, a fin de que mujeres y hombres emitan su voto en igualdad de condiciones, así como también para que participen como candidatos, atendiendo “el criterio de paridad que deberá establecerse en la convocatoria respectiva”.

La sentencia también ordena al Ayuntamiento de Copanatoyac realizar reuniones y campañas de sensibilización, mediante la difusión de información (audiovisual y escrita), en español y en lengua originaria de la localidad, a fin de que en las subsecuentes elecciones de integrantes de la comisaría municipal se permita la participación política de las mujeres y el ejercicio pleno de su derecho al voto, activo y pasivo, en igualdad de condiciones que los hombres.

De acuerdo a la misma sentencia se vincula al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, a la Secretaría General de Gobierno del Estado de Guerrero, la Secretaría de Asuntos Indígenas y Afromexicanos de Guerrero y la Secretaría de la Mujer Guerrero a “coadyuvar con la autoridad municipal en la publicación de este fallo, así como en la realización de asambleas, reuniones y pláticas como medidas de sensibilización a fin de que, a partir de este momento, se deje constancia de la participación política de las mujeres en condiciones de igualdad formal y material, en los procesos de renovación de integrantes de comisarías municipales”.

De esa manera el Ayuntamiento de Copanatoyac deberá informar al Tribunal de todo lo anterior a las 24 horas posteriores de realizada la elección extraordinaria, y se le apercibe para que en caso de incumplimiento, se procederá conforme a lo que establecen el artículo 37 de la Ley del Sistema de Medios y el artículo 63 de la Ley 465 de Responsabilidades Administrativas del Estado de Guerrero.

El TEE también da vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Guerrero, para que inicie las indagatorias correspondientes y determine la posible comisión de delitos electorales relacionados con este asunto.

Mientras que la Secretaría de Asuntos Indígenas del Estado deberá traducir y publicar ampliamente la sentencia en un plazo de 5 días hábiles posteriores a la recepción de la copia certificada de este fallo, lo cual debe hacer llegar al Tribunal Electoral del Estado de Guerrero.

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